- Promover dentro del ámbito de sus atribuciones el cumplimiento de las actividades en materia de ordenamiento ecológico e impacto y riesgo ambiental, conforme a lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables.
- Emitir autorizaciones para la ejecución de obras y actividades públicas o privadas, con base en la evaluación del impacto y/o riesgo ambiental, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
- Establecer los lineamientos, mecanismos y procedimientos para el dictamen de ordenamiento ecológico, y la evaluación del impacto y/o riesgo ambiental.
- Planear, programar, presupuestar, instrumentar y en su caso revisar con la Secretaria del Campo programas especiales de desarrollo del territorio bajo los principios de sostenibilidad en regiones prioritarias por su importancia en materia de biodiversidad.
- Determinar las obras y actividades que por su naturaleza generen impacto y/o riesgo ambiental, y que puedan derivar en afectaciones a la salud o a los bienes de los habitantes de la entidad.
- Emitir opinión técnica en materia de impacto ambiental de las actividades y obras de competencia federal que, se desarrollen en el territorio del Estado de México.
- Integrar, administrar y disponer para consulta de las personas que así lo soliciten, datos sobre informe previos de manifestaciones de impacto ambiental y estudios de riesgo ambiental, aplicando para su difusión las disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
- Establecer el esquema y/o herramienta para el seguimiento al cumplimiento de las condicionantes de los resolutivos emitidos en materia de ordenamiento ecológico e impacto y riesgo ambiental por esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables.
- Difundir los programas y estrategias relacionadas con el equilibrio ecológico y la protección del ambiente para fomentar la participación de la sociedad en materia de ordenamiento ecológico del territorio
- Desarrollar mecanismos para colaborar con las autoridades competentes, en la conservación del patrimonio histórico, cultural, natural y paisajístico, así como respetar y hacer respetar su conservación en la ejecución de obras públicas y en los programas de desarrollo urbano
- Llevar a cabo, la revocación de las resoluciones emitidas en materia de impacto y/o riesgo ambiental, emitidas por la Dirección General, de conformidad con lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables.
- Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.