Bitácoras Ambientales de los Ordenamientos Ecológicos del Territorio del Estado de México.
De acuerdo con el Art.3, Fracción VIII del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico, la Bitácora Ambiental la define como, la herramienta para registrar los avances del Proceso de Ordenamiento Ecológico.
Respecto al Art. 2, Fracción XXIII del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México, La Bitácora Ambiental la define como el Sistema de evaluación, actualización y seguimiento del proceso de ordenamiento ecológico, en el marco de la planeación adaptativa.
La Bitácora Ambiental incluye información de todas las etapas del Proceso de Ordenamiento Ecológico, desde la fase de formulación hasta la etapa de modificación.
En términos generales, una bitácora es un registro detallado de las acciones realizadas para lograr un objetivo determinado y del resultado que producen. A través de ella es posible conocer la secuencia de sucesos y las condiciones en que se desarrollaron – incluyendo las eventualidades y obstáculos- para alcanzar el logro del objetivo.